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Presidenta del CNE de Honduras rechaza injerencia militar en elecciones del 30 de noviembre

La consejera presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE) de Honduras, Ana Paola Hall, criticó este sábado la “injerencia” del jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, general Roosevelt Hernández, por sus declaraciones sobre el proceso electoral previsto para el 30 de noviembre.

Tensión entre el CNE y los militares

Hernández solicitó verbalmente a los tres consejeros del CNE que el día de las elecciones se entregue a las Fuerzas Armadas una copia de las actas de las juntas receptoras de voto, del nivel presidencial, una petición que no tiene sustento legal y que ha generado rechazo de diversos sectores políticos y sociales.

Durante la reunión de trabajo sostenida entre el CNE y las FFAA, ilustré sobre aspectos jurídicos constitucionales contrarios a la solicitud verbal del jefe del Estado Mayor Conjunto, de facilitar injerencia en la facultad exclusiva del CNE sobre el escrutinio y los resultados a nivel presidencial. Seguiremos coordinando el trabajo requerido, de acuerdo con el artículo 272 de la Constitución”, publicó Hall en X (antes Twitter).

Críticas a la politización militar

El alto mando militar ha sido objeto de críticas por parte de analistas y organizaciones civiles, que consideran que Hernández se está inmiscuyendo en asuntos propios de los civiles y lo acusan de actuar como “activista” del gobernante Partido Libertad y Refundación (Libre), dirigido por el expresidente Manuel Zelaya, esposo y principal asesor de la mandataria Xiomara Castro.

Hernández defendió su solicitud alegando que se ampara en la Constitución, aunque ninguna norma autoriza entregar copias del escrutinio presidencial a las Fuerzas Armadas.

Lo que dice la Constitución

El artículo 272 de la Constitución hondureña establece que las Fuerzas Armadas son una “institución nacional, profesional, apolítica, obediente y no deliberante”, encargada de defender la soberanía, mantener el orden y garantizar el libre ejercicio del sufragio.

Además, el texto constitucional dispone que, un mes antes de las elecciones, el presidente de la República debe poner a las Fuerzas Armadas a disposición del ente electoral para la custodia y traslado del material electoral, pero no para intervenir en el escrutinio o los resultados.

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